𝗦𝗘 𝗟𝗔𝗡𝗭𝗔 𝗦𝗘𝗚𝗨𝗡𝗗𝗢 𝗖𝗢𝗡𝗖𝗨𝗥𝗦𝗢 𝗗𝗘 𝗔𝗗𝗝𝗨𝗗𝗜𝗖𝗔𝗗𝗢𝗥𝗘𝗦 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗟𝗔 𝗝𝗨𝗡𝗧𝗔 𝗗𝗘 𝗥𝗘𝗦𝗢𝗟𝗨𝗦Ó𝗡 𝗗𝗘 𝗗𝗜𝗦𝗣𝗨𝗧𝗔𝗦

Piura, 05 de enero 2021.- El Centro de Arbitraje y Resolución de Disputas (CARD) lanzará el segundo concurso para acreditar adjudicadores que formen parte de la Junta de Resolución de Disputas (JRD) del Colegio de Ingenieros del Perú- Consejo Departamental Piura (CIP- CD Piura). Esta JRD ya tiene más de 25 adjudicadores acreditados, los cuales están a disposición para brindar sus servicios en las obras que se ejecuten a nivel nacional. El presidente del Directorio del CARD, ing. Teodorico Córdova Flores, indicó que esta convocatoria es abierta para los profesionales ingenieros o arquitectos debidamente habilitados en sus respectivos colegios profesionales.

 

Esta segunda convocatoria empezará el 4 de enero del 2021 con la publicación de las bases. Se proyecta terminar con todo el proceso de este segundo concurso a finales de febrero, por lo que en marzo ya se tendría a un nuevo grupo de adjudicadores para brindar servicio en todo el país. Los informes e inscripciones se pueden hacer a través de los correos: iepi@cippiura.org ; card@cippiura.org y cca.cip.cdp@gmail.com. El horario de atención: lunes a viernes de 8 a.m. a 1 p.m. y de 2.00 p.m. a 6.00 p.m. (Sólo por Correo electrónico).

 

La Junta de Resolución de Disputas (JRD) del Colegio de Ingenieros del Perú- Consejo Departamental de Piura, es la primera en su modalidad en la zona norte del país, y la única en Piura, su creación fue aprobada en diciembre del año pasado. Esta JRD ya opera en Piura y está a disposición de todas las entidades de la región o del país que soliciten adjudicadores para las obras. Córdova Flores señaló que los adjudicadores son profesionales de gran experiencia que han sido debidamente evaluados por la Comisión del CARD.

 

El decano del CIP-CD Piura, Manuel Asmat Córdova, exhortó a los gobiernos a incluir en los contratos de obras una cláusula referida a las JRD para evitar más paralizaciones de trabajos. “Se necesita una reforma integral del sistema de contrataciones. Se debe comenzar a considerar dentro de los contratos de obras a la Junta de Resolución de Disputas (JRD), porque es más rápido que los arbitrajes. El 90% de las controversias son resueltas en estas JRD y ya no van a arbitraje. Con lo que evitaremos millones de pérdidas económicas y tendremos más obras para la población”, señaló el decano.

 

El ing. Córdova indicó que la ley estipula que para las obras cuyo monto sea 20 millones de soles, el obligatorio que en el contrato se estipule que exista una JRD para acompañar todo el proceso constructivo. Sin embargo- refiere Córdova- las municipalidades o gobiernos regionales que ejecuten obras con menores montos, pueden solicitar la intervención de una JRD si así lo prefieren. Esto sería lo recomendable para evitar que las controversias entre un contratista y la entidad lleven a paralizaciones de obras, señaló.

 

𝗘𝗟 𝗧𝗥𝗔𝗕𝗔𝗝𝗢 𝗗𝗘 𝗟𝗢𝗦 𝗔𝗗𝗝𝗨𝗗𝗜𝗖𝗔𝗗𝗢𝗥𝗘𝗦

Los adjudicadores brindan asesoramiento permanente desde el inicio hasta la conclusión de la obra, “es como un grupo consultor para cualquier duda, discrepancia, desencuentro que se presentan siempre en la obra, estos a veces suceden entre el contratista y la supervisión. Cuando hay estos desencuentros y no hay quién los resuelva, entonces allí va a estar la JRD permanentemente en la obra para resolver”, indicó el ing. Córdova.

 

Agregó que, al estar de manera permanente, la JRD en la obra se evita que está se paralice por alguna controversia. Es decir, ninguna obra en la que intervenga una JRD tendría que paralizarse por algún desencuentro entre las partes, porque la JRD se encargará de resolverlo, y si en un caso extremo se llegará a un arbitraje, este tampoco paralizará la obra, porque de acuerdo a ley, los arbitrajes recién podrían darse al momento de que la obra concluya.

 

Cabe indicar que en las obras de la reconstrucción que se ejecutarán por la modalidad de gobierno a gobierno, ya está estipulado que cada una tenga una JRD, esto independientemente del monto de la obra. Es decir, todas las obras de la reconstrucción deberán tener una JRD así el monto de ejecución sea menor o mayor a 20 millones de soles.