𝗗𝗘𝗟 𝟯 𝗔𝗟 𝟭𝟵 𝗗𝗘 𝗡𝗢𝗩𝗜𝗘𝗠𝗕𝗥𝗘 𝗦𝗘 𝗣𝗢𝗗𝗥Á𝗡 𝗣𝗥𝗘𝗦𝗘𝗡𝗧𝗔𝗥 𝗝𝗨𝗦𝗧𝗜𝗙𝗜𝗖𝗔𝗖𝗜𝗢𝗡𝗘𝗦 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗤𝗨𝗜𝗘𝗡𝗘𝗦 𝗡𝗢 𝗣𝗨𝗘𝗗𝗘𝗡 𝗦𝗨𝗙𝗥𝗔𝗚𝗔𝗥 𝗘𝗡 𝗟𝗔𝗦 𝗘𝗟𝗘𝗖𝗖𝗜𝗢𝗡𝗘𝗦 𝗗𝗘𝗟 𝗖𝗜𝗣- 𝗖𝗗 𝗣𝗜𝗨𝗥𝗔

𝘗𝘪𝘶𝘳𝘢, 30 𝘥𝘦 𝘰𝘤𝘵𝘶𝘣𝘳𝘦 𝘥𝘦𝘭 2021.La Comisión Electoral Departamental del Colegio de Ingenieros del Perú- Consejo Departamental Piura (CIP- CDP) estableció que desde el 3 hasta el 19 de noviembre se podrán presentar las solitudes de dispensa a las elecciones generales del CIP 2021, que se realizarán este 21 de noviembre, las cuales se podrán enviarse al correo electrónico de la mencionada comisión: comite-electoral@cippiura.org

De acuerdo al artículo N° 130 del Reglamento de Elecciones Generales (REG) del Colegio de Ingenieros del Perú, constituye impedimento justificado para no sufragar estar fuera del territorio nacional, es decir estar en el extranjero; así como por enfermedad que debe ser certificada por un médico colegiado; e imposibilidad material debidamente justificada.

El presidente de la Comisión Electoral Departamental Piura, Ing. Juan Paiva Nunura, explicó que la imposibilidad material tiene que ver con aquellos ingenieros que puedan estar trabajando en mina, los cuales deberán presentar sus justificaciones enviando una carta emitida por la empresa en la que trabajan.

El art. 132 del REG establece que para quienes están en el extranjero pueden presentar su dispensa ante el Consejo Departamental en el que le corresponde sufragar, dentro del plazo de 30 días hábiles después de su retorno al Perú, adjuntando una fotocopia de su pasaporte en la que se indique la identidad de la persona, así como el registro de su entrada y salida del país.

El Ing. Paiva Nunura indicó que en caso de los ingenieros que se encuentren fuera de la región Piura, pero dentro del país, pueden ejercer su deber en alguno de los Consejos Departamentales donde se encuentren en la fecha de las votaciones, porque en todos se instalarán mesas de transeúntes, donde podrán votar por las autoridades nacionales. Con esto se podría evitar de pagar la multa establecida por no votar.

Si la imposibilidad ocurre en el mismo día del sufragio, y sea por enfermedad o imposibilidad para trasladarse al lugar de votación, se podrá presentar la dispensa dentro del plazo de 15 días hábiles posteriores a las elecciones.

Cabe indicar que, a través de la Resolución N° 001-2021-CIP-CEN, emitida por la Comisión Electoral Nacional, se ha fijado que la multa por no sufragar en este proceso electoral 2021 será de 80.00 soles.